Lo más visto
12 de abril de 2022

Estudio Jurídico Hernández: licencias especiales aplicables en el Régimen de Trabajo Agrario

  
Del conjunto de normas aplicables al régimen de trabajo agrario, surge la siguiente regulación de las licencias especiales a favor del trabajador agrario:

Vacaciones: se aplican los plazos, requisitos y modalidad de retribución dispuesta por la ley de contrato de trabajo (artículos 150 a 157 de la LCT). En general, los plazos de vacaciones mejoran la situación del trabajador agrario, excepto en el tramo de antigüedad superior a los 15 años hasta los 20 años, ya que en este caso el RNTA otorgaba 30 días corridos (cuando el trabajador tuviera una antigüedad mayor a 15 años) y la LCT establece 28 días de vacaciones para los trabajadores cuya antigüedad sea mayor de 10 años sin que exceda los 20, pero el régimen de la LCT dispone 35 días cuando la antigüedad del trabajador supere los 20 años.

Respecto del trabajador temporario, la ley dispone que al concluir la relación laboral, el trabajador deberá percibir, además del proporcional del sueldo anual complementario, una indemnización sustitutiva de sus vacaciones equivalente al 10% del total de las remuneraciones devengadas (artículo 20 de la Ley 26727 LICENCIAS ESPECIALES PREVISTAS POR LA LCT). La LCT, en sus artículos 158 a 161, regula diversas licencias dispuestas por motivos especiales (matrimonio, fallecimiento de cónyuge o de la persona con la cual el trabajador estuviera unido en aparente matrimonio, fallecimiento de padres, hijos o hermanos, rendir examen en la enseñanza media o universitaria, etc.), las que son aplicables al trabajador agrario.

En el caso del personal agrario permanente de prestación continua, corresponde exceptuar la aplicación de la licencia por nacimiento de hijo, toda vez que dicha situación aparece como una licencia especial regulada específicamente por la Ley 26727 y constituye una novedad legislativa.

Licencia por paternidad: bajo la denominación de licencia parental; la Ley 26727 establece para el personal agrario permanente de prestación continua una licencia con goce de haberes de 30 días corridos por paternidad, la que puede ser utilizada por el trabajador de manera ininterrumpida entre los 45 días anteriores a la fecha presunta de parto y los 12 meses posteriores al nacimiento (artículo 52 de la Ley 26727).

Licencia por maternidad de trabajadoras temporarias: la Ley 26727 dispone que el personal femenino temporario, comprendido en el régimen de trabajo agrario, tenga derecho a la licencia por maternidad, cuando ésta debiera comenzar durante el tiempo de la efectiva prestación de servicios.

La trabajadora tiene derecho a la estabilidad en el empleo durante el tiempo de su prestación y hasta el vencimiento de la licencia por maternidad, con el goce de las asignaciones familiares correspondientes que garantizarán a la trabajadora la percepción de una suma igual a la retribución que le correspondiera percibir por el período de licencia legal, incluso el que exceda al tiempo de trabajo efectivo inherente a las labores para el que fue contratada, conforme lo determine la reglamentación (artículo 51 de la Ley 26727).

Otras licencias dispuestas por la CNTA

Licencia por enfermedad de familiares: la Resolución 63/06 de la CNTA dispone una licencia especial remunerada por enfermedad de familiares de los trabajadores agrarios permanentes, que es de 5 días corridos por acontecimiento en casos de complejidad normal y de 10 días corridos por acontecimiento para casos de alta complejidad. Esta licencia rige solamente en los casos de accidente o enfermedad que ocasionen la internación del cónyuge o conviviente del trabajador y/o de sus hijos menores a su cargo, no emancipados (artículos 1° y 2° de la Resolución 63/06 de la CNTA).

En el supuesto de los trabajadores que deban trasladarse desde su domicilio hasta el lugar de la internación de cualquiera de las personas indicadas, la licencia se ampliará a razón de un día cada 700 kilómetros (artículo 3 de la Resolución 63/06 de la CNTA).

Licencia por exámenes mamarios y ginecológicos: la Resolución 8/01 de la CNTA establece una licencia especial remunerada de un día al año, para todas las trabajadoras comprendidas en el Régimen de Trabajo Agrario, para su asistencia a un centro médico público o privado, con el objeto de realizar exámenes mamarios y ginecológicos (artículo 1 de la Resolución 8/01 de la CNTA).

Licencia por exámenes urológicos: la Resolución 91/2010 de la CNTA dispone una licencia especial remunerada de un día por año calendario para todos los trabajadores agrarios permanentes y no permanentes (ahora denominados temporarios) para la realización de exámenes urológicos.

Se deben agregar las provenientes de otras normas que son de aplicación en general a todos los trabajadores en relación de dependencia (por ejemplo, la establecida para acudir a citaciones de tribunales nacionales o provinciales o para realizar trámites personales obligatorios ante las autoridades nacionales, provinciales o municipales, artículos 1 y 2 de la Ley 26391).

Estela María Hernández
Abogada
Matrícula Federal Tº 62 Fº 210
Moreno 127-
Laboulaye- Cba.
Tel 03385 - 425339
Celular: 3385-408704
Anuncios Nexos:
 
LO MÁS VISTO
6 may.
Laboulaye. Profundo pesar por el fallecimiento de querida docente
 
8 may.
Conmoción en Rosales por la trágica muerte de un vecino en un accidente en Río Cuarto
 
3 may.
Accidente fatal en el Acceso a General Levalle: colisionaron un camión y una camioneta
 
4 may.
Laboulaye. Carta abierta para recordar a Stella Marys Ojeda (1966 - 2025): “Mujerón en su máxima expresión”
 
7 may.
Laboulaye. Remisero preso por robo en la Terminal: usó documentación para hacer compras en nuestra ciudad y Rufino
 
4 may.
La Cesira. Información necrológica
 
6 may.
Laboulaye. ¿Qué hacía? Sorprenden a sujeto armado en una casa deshabitada
 
7 may.
Fallecimiento en General Levalle
 
5 may.
Laboulaye. Detienen a menor acusado de robar una cartera en el Cementerio Municipal
 
5 may.
Cuando la Justicia habla: fallo ejemplar por abuso sexual infantil
 
8 may.
General Levalle. Información necrológica
 

» Ver portada y lista completa de notas (lo más reciente)
AVISOS FÚNEBRES
5 may.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
2 may.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
29 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
25 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
24 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
23 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
18 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
18 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
17 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
14 abr.
Cooperativa FEL: aviso fúnebre
 
 
 



© 2025 Nexos del Sur | Todos los derechos reservados.

Laboulaye, Córdoba, Argentina.

Contacto | Privacidad