El
Estudio Jurídico Hernández & Asociados informó a la comunidad sobre qué se considera un
accidente de trabajo y cuáles son las responsabilidades que deben cumplirse ante este tipo de situaciones. Se entiende por accidente laboral a aquel que ocurre
con motivo o en ocasión del trabajo, ya sea dentro del lugar laboral —aunque el trabajador no esté desempeñando tareas en ese momento— o fuera de él, cuando actúa en representación de la empresa.
También se considera accidente laboral el que sucede
en el trayecto de ida o regreso al trabajo, conocido como
accidente in itinere. En todos estos casos, el
empleador debe comunicar el hecho a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada para que se otorguen las prestaciones necesarias. En caso de no contar con ART,
la responsabilidad recae directamente sobre el empleador.
Desde el estudio jurídico se explicó la
clasificación de los accidentes según su gravedad. Los
accidentes leves son aquellos que no requieren reposo prolongado y se resuelven con primeros auxilios o un descanso menor a 24 horas. Los
accidentes incapacitantes o graves provocan lesiones que impiden al trabajador cumplir con sus tareas y requieren un período de recuperación acreditado mediante el
Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CIT).
También existen los
accidentes mortales, que causan el fallecimiento del trabajador y generan
investigaciones y responsabilidades legales para la empresa. En cuanto a su origen, pueden producirse por
caídas,
golpes o impactos,
sobreesfuerzos,
atrapamientos o
exposición a agentes peligrosos, como sustancias tóxicas o riesgos eléctricos.
Para
asesoramiento legal, el
Estudio Jurídico Hernández & Asociados, dirigido por la
Dra. Estela María Hernández y la
Dra. Ana Carina Grassis, atiende en
Moreno 127, Laboulaye. El contacto puede realizarse vía
WhatsApp al 3385 408704 o a través de
Instagram (@estudiojuridhernandezgrassis).