26 de noviembre de 2025
Edicto Judicial notificación oficial para la comunidad
El Señor Juez de Ira. Inst. y Unica Nom. Civ., Com, Conciliación y Familia de Laboulaye, Prosecretaría a cargo de la Dra. VARELA Viviana Beatriz, sito en Independencia 55 de Laboulaye, en autos caratulados AIMAR, MARÍA ELENA - USUCAPION EXPEDIENTE SAC NRo. 10066638, ha dictado lo siguiente: “SENTENCIA NUMERO: 129. LABOULAYE, 11/08/2025. Y VISTOS: estos autos caratulados AIMAR, MARÍA ELENA – USUCAPION, Expte. 10066638, de los que resulta…Y CONSIDERANDO:
……RESUELVO 1) Hacer lugar a la demanda de Usucapión entablada por María Elena AIMAR-DNI: 5.273.232, Andrea Alejandra TACCHI -DNI 23.255.172 y Daniel Alberto TACCHI –DNI: 28.572.944. 2) Declarando adquirido por prescripción veinteañal el inmueble descripto como: Fracción de campo ubicado en el Departamento PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA, Pedanía SAN MARTIN, lugar denominado COLONIA SAN MIGUEL, Provincia de CORDOBA, que según Plano SUBDIVISION tramitado en Expediente Provincial Número 2-05-10382/1969, se designa como LOTE 3b, que se describe como sigue PARCELA de 4 lados, que partiendo del vértice 1 con ángulo en A1 de 90º12´ y rumbo sureste hasta el vértice C1 mide setecientos nueve metros noventa centímetros (lado A1-C1), colindando con lote 3a de la misma subdivisión; desde el vértice c1 con ángulo en C1 de 89º49´´ hasta el vértice C mide 845,50 metros (lado C1-C), colindando con parcela de Elvira Zeska de Federico y Sucesión de Julia Federico de Civallero; desde el vértice C con ángulo de 91º16´ hasta el vértice B mide 710,05 (lado C-B), colindando con parcela de Ludovico Luis Ponzi; y desde el vértice B con ángulo de 88º44´ hasta el vértice inicial mide 852,60 metros (lado B-A1), colindando con parcela de sucesión de José Civallero; cerrando la figura con una SUPERFICIE TOTAL DE SESENTA HECTAREAS CUATROMIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS (60has 4825m2). 3) Publíquense edictos por diez días a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el Boletín Oficial y diario a elección del actor, de conformidad al art.790 del C.P.C.C. 4) Ofíciese al Registro General de la Propiedad a los fines de la inscripción del inmueble a nombre de la parte actora María Elena AIMAR-DNI: 5.273.232, argentina, con domicilio en calle Garay 580 -Rufino - Santa Fe; Andrea Alejandra TACCHI -DNI 23.255.172, argentina, con domicilio en calle B. Ferreyra 391 -Rufino -Santa Fe y Daniel Alberto TACCHI –DNI: 28.572.944, argentino, con domicilio en calle Fresnos 398 -Rufino - Santa Fe. Debiendo cancelarse las inscripciones de dominio de los inmuebles que resulten afectados (art. 789 del C.P.C.). 5) Oportunamente, ordenar la inscripción del inmueble a nombre de María Elena AIMAR-DNI: 5.273.232, Andrea Alejandra TACCHI -DNI 23.255.172 y Daniel Alberto TACCHI –DNI: 28.572.944 el derecho real de condominio sobre el inmueble supra descripto y en las porciones establecidas en el apartado 1°) en: a) el Registro General de la Propiedad, b) la Dirección de Rentas, c) la Dirección de Catastro de la Provincia y d) la ciudad de Colonia Agua de Oro, y consecuentemente ordenar la cancelación total en los términos previstos en el art. 36 de la Ley 17.801 en: a) el Registro General de la Provincia en la Matricula Nro. 1674918, b) la Dirección de Rentas, c) la Dirección de Catastro de la Provincia y d) la Municipalidad de La Cesira; y consecuentemente ordenar la cancelación de las inscripciones del dominio anterior, en los términos previstos en el art. 36 de la Ley 17.801 en el Registro General de la Provincia en la matricula Nro. 1674918. 6) Costas a la parte actora María Elena AIMAR-DNI: 5.273.232, Andrea Alejandra TACCHI -DNI 23.255.172 y Daniel Alberto TACCHI –DNI: 28.572.944. 7) Regular en forma definitiva los honorarios del Dr. Alejandro Javier Aguirre Nobell 12-170 en la suma equivalente a cincuenta y uno c/20/100 JUS (51,20 JUS) PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DÉSE COPIA.— Texto Firmado digitalmente por: SABAINI ZAPATA Ignacio Andrés JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA Fecha: 2025.08.11”
El inmueble objeto de la presente acción es parte de mayor área y se describe como: “La fracción de campo poseída y objeto de la presente acción según el plano de mensura realizado específicamente por el Ing. Pablo D. Pérez conforme normativa vigente tiene una superficie de SESENTA Y TRES HECTÁREAS TRES MIL CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS. Y es parte de la que en los títulos se describe de la siguiente manera: “Fracción rural de terreno constituída por el lote número tres de la chacra número treinta y siete de la colonia San Miguel, ubicada en la suerte número setenta y dos bis, serie B, situada en la Pedanía San Martín, departamento Presidente Roque Sáenz Peña de esta provincia de Córdoba; dicho lote tres, con superficie de noventa hectáreas y cuarenta y nueve áreas, tiene forma rectangular y mide setecientos nueve metros, noventa centímetros en su lado norte; setecientos diez metros, cinco centímetros en su lado sur; mil doscientos sesenta y ocho metros, veinte centímetros en su lado este y mil doscientos ochenta y un metros, treinta centímetros en su lado oeste, lindando: al norte, calle en medio, con parte de las chacras treinta y cuatro y treinta y cinco; al sur, campo sobrante en medio, con la chacra cuarenta; al este, calle en medio, con la chacra treinta y ocho y al oeste con el lote dos, de la misma chacra treinta y siete.” Dominio inscripto en matrícula 1674918 (22).
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