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13 de abril de 2017

Estudio Jurídico Hernández: no es aconsejable ser demasiado ligero con las imputaciones

  
En el caso, un trabajador fue despedido y su empleador adujo que había pérdida de confianza. Como es su obligación indicar cuales son los hechos por lo que habría perdido la confianza, lo acusó de haber asumido un proceder fraudulento, violatorio de los más elementales principio morales y éticos, haciéndolo trascender al resto del personal.

Además, hizo una denuncia en contra del trabajador por asociación ilícita y estafa, la que no prosperó y no se lo condenó al trabajador.

Por esa razón, la justicia laboral consideró que se le había causado daño moral al trabajador y mandó a pagar una suma superior a la que había fijado el juez inferior:

La descripción de los hechos imputados al trabajador como acciones de incumplimiento a su débito laboral, en aras de fundar la pérdida de confianza invocada por la accionada en la pieza rupturista, resultaron excesivamente descalificantes al acusarlo de urdir un entramado de irregularidades y asumir un fraudulento proceder, violatorio de los más elementales principios morales y éticos, trascendiendo a los demás compañeros e integrantes del establecimiento, según coinciden en describir las declaraciones de los testigos obrantes en la causa.

A ello se agrega la circunstancia de que la recurrente inició acciones penales por asociación ilícita y estafa contra el actor, sin que la conducta impropia que le imputó al demandante haya configurado ilícito alguno. Se eleva de 15.000 pesos a 40.000 pesos la suma atribuida en concepto de reparación del daño moral.

Estela María Hernández
Abogada
Tel.: 03385 - 425339
Moreno 127- Laboulaye
Facebook: Estudio Jurídico Hernandez & Asoc.
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